La tácita reconducción en los contratos de alquiler
Con este nombre tan raro y difícil de pronunciar, tácita reconducción, se refiere el Código Civil a aquellos contratos en los que ha finalizado la duración pactada por las partes y todas las prórrogas legales, pero el inquilino continúa haciendo uso de la vivienda y pagando la renta, y el propietario tolera esta situación.